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Civil/ RÉGIMEN DE VISITAS ENTRE LOS HERMANOS. CONFLICTO FAMILIAR. MALTRATO PSICOLÓGICO.

Se reconoce que los menores tienen derecho a relacionarse con sus hermanastros tras la disolución de la familia. Si existe un conflicto entre los menores y los adultos, tienen derecho a pasar tiempo con sus hermanos sin la presencia de aquellos mayores que puedan causarle malestar. El tribunal estableció un régimen de visitas fuera del domicilio paterno y sin la presencia de la pareja de su progenitor, a causa del malestar psicológico que esta causaba en el menor. SAP Barcelona nº496/2021 Civil 15/07/2021



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