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Modificación de medidas, guardia y custodia compartida

  • 12 dic 2017
  • 1 min de lectura

El interés del menor no aconseja el cambio interesado. Cuando se discute la guarda y custodia compartida solo puede examinarse si el Juez a quo ha aplicado correctamente el principio de protección del interés del menor, motivando suficientemente la conveniencia de que se establezca o no este sistema de guarda. STS nº 595/2017 Civil, 8/11/2017



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FUENTE: Lex advisers

 
 
 

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