Modificación de medidas, guardia y custodia compartida
El interés del menor no aconseja el cambio interesado. Cuando se discute la guarda y custodia compartida solo puede examinarse si el Juez a quo ha aplicado correctamente el principio de protección del interés del menor, motivando suficientemente la conveniencia de que se establezca o no este sistema de guarda. STS nº 595/2017 Civil, 8/11/2017
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FUENTE: Lex advisers