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Responsabilidad profesional; abogado


Nos encontramos ante un comportamiento negligente del profesional, el letrado no actuó conforme a la lex artis o rigor profesional exigible. Existe un perjuicio cierto al cliente directamente relacionado con la negligencia profesional que se estima acreditada, y no uno eventual o meramente hipotético. AP Valladolid 11/05/2017

FUENTE: Lex Advisers

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